jueves, 13 de febrero de 2014

MODELO PEDAGÓGICO: CONECTIVISMO PROGRESISTA

MODELO PEDAGÓGICO: CONECTIVISMO PROGRESISTA EL CONECTIVISMO – PROGRESISTA, Como modelo pedagógico retoma postulados teóricos de JOHN DEWEY "Padre del Progresismo Pedagógico" y de GEORGE SIEMENS autor de "Una Teoría de la enseñanza para la era Digital". Esta propuesta de Modelo Pedagógico, implica en sí, una metodología de aprendizaje para esta era digital, basada en el análisis de las limitaciones del conductismo y el cognitismo, que explica el efecto que la tecnología ha tenido sobre la manera en que actualmente vivimos, nos comunicamos y aprendemos; que rebate la educación tradicional por ser formalista, autoritaria, memorística e individualista, que hace del discente, un ser pasivo frente al conocimiento; en consecuencia defiende y propugna por una educación participativa, democrática, colaborativa y conectista. El punto de inicio del conectismo es el individuo como parte de una sociedad, donde el conocimiento personal o individual se hace de una red o entorno social; que alimenta de información a organizaciones e instituciones, que a su vez retroalimentan información en la misma red, la cual finalmente termina proveyendo nuevo aprendizaje al individuo. el proceso de aprendizaje y el conocimiento, yace en la diversidad de opiniones, en el proceso de conectar nodos o fuentes de información, donde es necesario nutrir y mantener las conexiones para facilitar el aprendizaje continuo; el cual no solo se obtiene de los seres humanos, sino que incluso puede residir fuera de él; finalmente la capacidad de aumentar el conocimiento es más importante que lo que ya se sabe; y aunque tengamos un conocimiento diverso, nunca lo sabemos todo, puesto que somos seres en un proceso de aprendizaje continuo, jugando un rol trascendental la habilidad para ver las conexiones entre los campos, ideas, conceptos, conocimientos en general; y el interés por ampliar y profundizar en nuestros conocimientos. Partiendo de los postulados de Dewey, esta metodología de aprendizaje, debe ir mas allá de lo meramente académico o cognitivo "ente académico" y formar al joven en valores, darle la posibilidad de tener una formación humana, es decir prepararlo para la vida, donde él sea "el artesano de su propio conocimiento", y con unos Recursos Didácticos (Portal WEB Institucional, Zona Wi-Fi, PC o Tabletas Digital) pueda desarrollar las capacidades intelectuales Este modelo se adapta a las necesidades de una educación integral en la cual el alumno aprenda a conocer, aprenda a hacer y aprenda a convivir con los demás. Se busca con el mismo la integración de las áreas para que Docentes y Discentes trabajen en la formulación de hipótesis para superar dificultades o problemas del entorno, con el cual inter-actúa "Método del Problema", con problemas y apliquen la transversalidad. El CONECTIVISMO PROGRESISTA, como modelo Pedagógico es una propuesta pedagógica, de método de aprendizaje para esta era digital, , el cual trata de asimilar el efecto que la tecnología de punta ha tenido sobre la manera en que vivimos actualmente, en la forma en que nos comunicamos, y definitivamente en los procesos de aprendizaje de las nuevas generaciones. Los jóvenes, pueden acceder a diversidad de textos de estudio, en las bibliotecas virtuales, antes inalcazables, para los estudiantes de bajos recursos económicos, que excasamente contaban con un cuaderno y un lápiz; permitiendo a todos los alumnos la posibilidad de tener recursos didácticos de aprendizaje que enriquezcan su conocimiento frente a las cosas u objeto de estudio, permitiendo con ello una mejor capacidad de entendimiento, que le permite ir mas allá de la competencia Interpretativa, a un segundo estadio o competencia Argumentativa, puesto que tiene mayor elementos de estudio en su saber; e incluso acceder con mayor propiedad a un estadio superior o competencia Propositiva, la cual les permite, coquetear cognitivamente de forma aunque un tanto incipiente, con los albores de la Investigación; porque al alcanzar la Competencia Propositiva en nuestros estudiantes, será mas fácil para ellos proyectarse a la luz del método Científico de la Investigación, incluso alcanzandor un primer nivel o construcción de hipótesis. Progresamos porque de tener una educación meramente repetitiva o memorística pasamos a un nuevo nivel en el proceso educativo, donde partiendo de entender el contexto o entorno con el cual inter-actuamos, y con la ayuda de la tecnología y la conectividad; se puede llegar con los estudiantes a proponer soluciones a las problemáticas encontradas en el objeto de estudio, es decir se llega a una competencia Propositiva; y de paso contribuyendo a mitigar el impacto ambiental, porque en la medida en que se utilice como herramienta de estudio una Tableta Digital o un PC -necesarios para conectarse a la Web-, UBS, puntos web y plataformas virtuales en las Instituciones Educativas, se contribuye a frenar la tala desenfrenada de arboles y bosques para la producción de pulpa de papel, necesarios para la fabricación de cuadernos y libros de consulta, los cuales tienen en "jaque" a nuestro planeta y a nosotros para parte integral de ese todo.

domingo, 22 de agosto de 2010

EL CONFLICTO ARMADO Y SU INCIDENCIA EN LA PRESCRIPCIÓN EXTRAORDINARIA DE DOMINIO

La posesión y propiedad sobre la tierra es sinónimo de poder y riqueza, lo cual se ha evidenciado a través de las diferentes épocas que ha atravesado el desarrollo de la humanidad; y nuestro país no ha sido la excepción, como lo apreciamos desde los períodos de Descubrimiento y Conquista, cuando los españoles, a través de la violencia ejercida contra los primitivos pobladores americanos o indígenas, tomaron posesión de estas tierras, en nombre de la Corona española, lo cual le significó aumentar su poderío Geográfico, Económico y político, frente a las demás potencias medievales, y por otro lado produjo la opresión, miseria, violencia, temor y desplazamiento de las familias indígenas a territorios más altos, o sencillamente aferrarse a lo único que tenían -sus tierras- y enfrentarse al usurpador hasta perder sus vidas en una desigual lucha -"lucha de tigre hambriento contra liebre amarrada"-,lo cual no ha cambiado mucho, puesto que las páginas de nuestra historia en el Siglo XX, como consecuencia de la Violencia Bipartidista, muestra a los propietarios de predios rurales obligados a abandonar sus propiedades por el temor de perder sus vidas. Propiedades que fueron a parar al patrimonio de unos pocos
-los dueños de las armas-, ocasionando la aparición de latifundios y el fortalecimiento económico de unos cuantos terratenientes que supieron "sacar provecho de la ocasión".
Desde finales del Siglo XX y en la actualidad, inicios del Siglo XXI y del nuevo milenio, observamos un panorama muy similar puesto que como consecuencia de un conflicto armado entre fuerzas de extrema izquierda -Guerrilla-, extrema Derecha
-"paramilitares"- y Fuerzas Militares legalmente constituidas, los campesinos o propietarios de pequeños fundos -minifundios- han sido víctimas de este demencial conflicto, viéndose obligados a morir aferrados a un pedazo de tierra, o a tratar de sobrevivir abandonando sus predios rurales. Siendo tan alto el índice de abandono de predios que ha ocasionado un aumento del problema de desplazamiento iniciado desde la época de la Violencia Bipartidista, con sus respectivos efectos negativos generadores de problemas sociales, económicos y políticos. Sociales porque se han aumentado los cinturones de miseria y los tugurios en las capitales de nuestro país, lo que trae implícito otros flagelos que azotan la sociedad, como lo es la delincuencia, el pandillismo infantil/juvenil, la prostitución, la trata de blancas y la Drogadicción, entre otros, lo cual es tema para otra reflexión. Para este caso en particular considero prioritario empezar analizando las consecuencias económico-políticas, puesto que los predios predios rurales "abandonados" por sus propietarios, los campesinos, han sido ocupados por grupos armados al margen de la Ley, actores del conflicto armado, los cuales han tomado posesión de dichos predios, con ánimo de Señor y Dueño; obligando por medios violentos a los verdaderos propietarios, a permitir la posesión de sus predios por tales grupos armados...a permitirlo no por negligentes, sino por la coacción física y sicológica, y por la falta de garantías de parte del Estado, para protegerlos ante la violencia de los nuevos usurpadores y para que le brinde efectiva garantía para entrar a reclamar sus predios sin temor a perder sus vidas.
Situación bastante delicada y de la cual el estado colombiano, como Estado social de Derecho, debe garantizar la efectividad de los Principios y derechos de los colombianos; y evitar que al amparo de la Ley 791 de 2002, que rebajó el tiempo requerido para la Prescripción Extraordinaria, a 10 años; y del artículo 2532 del Código Civil Colombiano (C.C.C), que NO suspende el tiempo necesario para la Prescripción Extraordinaria por ningún motivo. Para aterrizar en lo casuístico, partamos que para el año 2012 a unos usurpadores, que han empleado la fuerza para tomar posesión de muchos predios rurales de una manera irregular e injusta en la última década del Siglo XX, serán los nuevos propietarios a la luz de la Ley de aquellos predios "abandonados" por campesinos...quiero decir, en realidad, por labriegos desplazados por la violencia. Usurpadores que intentando burlar la Ley y la opinión pública, muestran actos de explotación económica, como por ejemplo, la ganadería, para ir allanando el terreno para cuando tengan el tiempo requerido a la luz de la Ley, para iniciar sus acciones posesorias de dominio. Según informes periodísticos de la última década, en muchos de esos predios "abandonados por los campesinos" se han encontrado laboratorios de producción de estupefacientes y de campos de entrenamiento militar. Ahora falta haber quienes dentro de unos contados años inician las acciones Posesorias de dominio.
A pesar que el Estado colombiano, en el anterior período presidencial, a través de la Ley 975 de 2005 o Ley de Justicia y paz, creó un marco jurídico para facilitar la reincorporación de miembros de grupos de extrema derecha al margen de la Ley, hayan sido imputados o no, acusados o condenados como actores o participes de hechos delictivos cometidos durante y con ocasión de la pertenencia a esos grupos; tienen como requisito para ser beneficiados con esta Ley, entregar los bienes, producto de las actividades ilegales y violentas; sin embargo no ha sido suficiente garantía para los verdaderos dueños de los predios rurales puedan iniciar la reivindicación legal de los predios rurales, sin temor a exponer sus vidas. Por esto, es que sería prudente, que se hiciera una modificación al artículo 2532 del C.C.C, a modo de parágrafo, anexo que rece. "salvo que se evidencie el NO CESE DEL CONFLICTO ARMADO al interior del país, por lo cual la prescripción Extraordinaria deberá suspenderse, sin extinguirse, en predios rurales, hasta por el lapso de tiempo requerido por el presente artículo para la Prescripción Extraordinaria".
Lo anterior, para que el verdadero propietario que tiene un Derecho Legal más amplio, que el tenido por el poseedor que inició la acción Posesorial, pueda interponer la acción reivindicatoria. Parágrafo que no iría en contravía, con el ordenamiento del C.C.C, puesto que como reza el artículo 2530: "La prescripción ordinaria puede suspenderse sin extinguirse: en ese caso, cesando la causa de la suspensión, se le cuenta al poseedor el tiempo anterior a ella, si alguno hubo.".
No es descabellado pretender que tal situación explicada suficientemente, sea también aplicada para la prescripción Extraordinaria (Artículo 2532 del C.C.C), puesto que el desplazamiento de los campesinos y "abandono de sus tierras" lo que ha evidenciado, es una posesión irregular, injusta y viciada por la mala fe, de los que actualmente las poseen. "No se contará el tiempo para la prescripción en contra de quien se encuentre en imposibilidad de hacer valer su Derecho, mientras dicha imposibilidad subsista".
Para terminar mi disertación considero que esta Reflexión Propositiva, tiene su razón de ser, no solo en una cruda realidad colombiana, que es fundamental; sino que también sobre ella se han hecho reflexiones y aportes importantísimos, como las que citaré a continuación, sostenidas en la Separata especial sobre el sistema acusatorio, publicada hace unos pocos años en el Ámbito Jurídico y en Doctrina del chileno Dr. Pablo Rodríguez Grez, citada en dicho periódico. Doctrinista que en su obra "De las posesiones Inútiles en la Legislación Chilena, publicada en la segunda edición en el año 1995, por la editorial Jurídica de Chile, se pronuncia favorablemente y con argumentos extractados del mismo estatuto Civil sobre la inutilidad Prescriptiva de las Posesiones Violentas y Clandestinas. En sus notas de la segunda edición, afirma el Doctrinista: "No nos parece admisible abrir la puerta de la prescripción a los que han adquirido la posesión por medio de la fuerza, o a los que de mala fe, la ocultan a quienes tienen derecho a oponerse a ella. es cierto que la prescripción es una institución llamada a consolidar las situaciones de hecho, transformándola en situaciones de Derecho, todo lo cual sirve a los intereses superiores de la sociedad y muy especialmente a la certeza jurídica, sin la cual se perdería la realización del valor jurídico más caro a nuestra disciplina. Pero es igualmente cierto que repugna a lo jurídico la violencia del dolo y que sobre esta base no puede construirse una situación reconocida y protegida por el ordenamiento legal (...). así, el ladrón no debe ser tenido como poseedor, puesto que el ánimo de señor y dueño que constituye el sello distintivo de la posesión está corrompido ad initio. (...)No creemos posible concebir seriamente que quien ha arrebatado una cosa de propiedad ajena pueda invocar ánimo de señor y dueño; y asilarse en una Institución como la Prescripción". El señalado autor consecuente con el anterior planteamiento llega a la conclusión de la inutilidad de este tipo de Posesiones, analizando el Derecho comparado y los mismos textos del Código Civil Chileno, que con excepción de los referentes a la Posesión inscrita son muy similares a la nuestra. Para no entrar en detalles y solo mencionar una norma sobresaliente dentro de su argumentación la regla tercera al artículo 2531 del C.C.C (equivale al artículo 2510 del Código Civil chileno), permite que un mero tenedor se transforme en poseedor siempre que lo haga sin violencia, ni clandestinidad" -Separata especial sobre el sistema acusatorio. Ámbito Jurídico.

Finalmente, considero que esta reflexión puede servir como referente a grandes doctrinistas y Juristas interesados en este tema tan trascendental, o algún iniciado en el Derecho -como es mi caso-, que le llame la atención esta reflexión y decida documentarse y profundizar sobre el asunto en cuestión.

domingo, 15 de agosto de 2010

EL HIPOPÓTAMO DE UN TAL ALFREDO -mini-cuento-

EL HIPOPÓTAMO DE UN TAL ALFREDO
(Mini - cuento)

La verdad es que al leer en los años 80 el Texto “Maestro Gendarme, maestro pueblo” de María Teresa Nidialcoch, sentí un llamado a la reflexión frente a algo que mas que una profesión, es una vocación...vocación que estaba a mediados de esa década empezando a ejercer, la cual me marcó de por vida, ya que oriento mi que-hacer de docente.
Ahora en la primer década del nuevo milenio, llega a mi haber el texto “La Vaca” del Dr. Camilo Cruz... y que maravilla, volví a sentir ese sacudón que me movió en los 80; y no es para menos, porque el no quererse comprometer y las disculpas son la fuente de la mediocridad; y esto es algo que me aterra, por lo cual sentí la necesidad de hacer una especie de hibrido de estos 2 textos y he aquí lo que he podido obtener.


Capitulo 1: “ESCOBA NUEVA BARRE BIEN”

HENRY: ...”Mira Alfredo al profesor Chepe: Qué verraco!!!...No?. Lleva apenas un mes laborando en el Colegio y vea lo que ha hecho, Le dejamos el grupo más indisciplinado del año anterior y los tiene andando pianito, todos esos muchachos le caminan y no le molestan para nada las clases, …, bueno y a mi tampoco me molestan para nada.
Ah, es que no era para menos, el hombre si tomó las medidas que tenían que hacerse. Le comento, la semana pasada lo ví reunido con el grupo de chicos a su cargo y les estaba hablando sobre comportamiento y otras cosas más, a tal punto que me pareció escuchar al maestro Carreño en persona, en ese salón. Ah y es que acaso ya olvidó que hace un par de semanas nos invitó a la hora de descanso a los docentes que damos clase en ese grupo para que hicieramos un balance a grosso modo en el aspecto académico y disciplinario de los chicos de ese salón...y que valga la pena, ud brilló por su ausencia. Lo recuerdas Alfredito?.
ALFREDO: Bueno, no me vengas ahora a sermonearme, porque yo le llevo mucha papita a ud por delante, y con mas veras a ese mocosito del Chepe, que a la hora del té, no es más que un “arranque paisa”.
HENRY: Un momento mi querido amigo, pero expliquese que tiene que ver mi raza, con lo que ud está planteando, porque eso si le digo papito, que los paisas somos una raza de “raca mandaca”, “echada pa lante papá”. Explicáme pues...
ALFREDO: No jodás, tan sensible mi doctor, disculpe si lo toqué en algo, pero no fué mi intensión; ud bien sabe que eso es un refrán popular...bueno lo que quise decir es que el profe Chepe, tal vez el próximo periodo se le “acabe la gasolina” y hasta ahí llegue su impulso...
H: No papá, usted está equivocao, ese profe Chepe, lo que es, es un buen docente, o es que le parece poco, el buen rendimiento de ese grupo en este año, es el mejpor de todos en este momento...y sin contar pues, con la parte deportiva, donde el equipo de micro de ese grupo, a todos les gana y va liderando, y ¿Por Qué?, porque el Profe Chepe, en sus ratos libres se pone entrenar a esos muchachos, los motiva y durante los partidos, a la hora del recreo, en lugar de venirse “pa ca” a hablar pendejadas con nosotros o a tomarse un delicioso café de Colombia, prefiere dirigir a esos muchachos, a animarlos...y vea los resultados, a todos nos golean.
A: Ya calle esa boca, paisita, que si lo escucha su Santidad el Papa, manda a canonizar a Chepe y hay si nos quedamos sin quien nos reemplace en nuestros turnos de disciplina...mejor dicho el hombre que no se diga más del asunto porque llega a oidos del Chepe nuestros comentarios y hay si que se le sube el ego y el estrato y no hay cosa más cansona que un enano agrandado. Mire Henry a plata blanca, el hombre está tan eficiente, sencillamente es porque esta recien llegado, está recien vinculado en nuestro oficio,..., es ...una escoba nueva!!!...y “escoba nueva barre bien”.


Capitulo 2: "YO NO SOY REGALADO"

H: ...Y cómo siente el cafecito, Alfredito: ¿muy frío?
A: Está bien de calor mi estimado Henry, lo que le faltó, fué un poco más de dulce, ud. sabe muy bien que a mí me gusta su cafecito bien cargadito de café y azúcar.
H: Pero que tipo tan desagradecido, se lo doy con una de azúcar para cuidarlo de su diabetes, definitivamente eso me pasa por amable pues.
A: Ja...,por amable no Henry, por regalado; yo no le pedí que me lo sirviera.
H: Bueno por eso no vamos a quedar disgustados, o si no con quien voy a pelar en mis horas libres y a la hora de descanso. Muestre le echo otro par de cucaharadas de azúcar mas y listo el pollo papá!!! ¿o no?. Bueno y hablando de otras cosas ¿Qué opina del Proyecto de Prevención y desastres que está reactivando y liderando el Profe Chepe?.
A: Mira Henry, eso ya se encuentra desde hace años en el PEI, lo único que se necesita hacer es cambiarle el año, y asunto arreglado.
H: Bueno papacito, yo respeto su opinión, pero considero que está super bien lo de la señalización en caso de evacuación, la recarga de todos los extintores de la institución, la reactivación del botiquín y sobre todo, lo de los simulacros de evacuación; porque recuerde pues hombre el adagio que dice, que “es mejor prevenir, que lamentar”.
A: Mira, mi apreciado Henry, allá usted si se le quiere medir a esa vaina de estar regalando sus horas libres y la media horita de descanso en tirarle corriente a ese proyecto; pero yo, si no regalo mi tiempo de descanso; y falta haber si no se le ocurre a don Chepecito de empezar a disponer de nuestras tardes, con el cuento de contactar organismos de socorro o algo así. Porque eso nunca ha pasado nada por aquí, ni pasará, lo que el hombre, no es mas que un ave de mal agüero.
H: No, alfredito, no sea tan terco, que ese proyecto puede ser la diferencia entre la vida y la muerte, tanto de nuestros estudiantes, como de la nuestra; por tanto vale la pena que trascienda y darle la importancia que se merece... y por supuesto que nos metamos todos al cuento.
A: Mira Henry, en aras de no perder su amistad por pequeñeces, o de amargarme mi cafecito, y más ahora que somos compadres;...está bien me voy a meter al tal cuento, pero eso sí, que cualquier reunión o simulacro no coincida con mis horas libres u horas de recreo; porque mi tiempo de descanso es sagrado...y YO NO SOY UN REGALADO!


Capitulo 3: "LO MISMO DE SIEMPRE"

H: Ave María, hombre pues, Alfredito; cómo está de cerrero este cafecito, definitivamente lo mejor de mi tierra...ah, y es que no es para menos, porque este es el café mas suave del planeta...ois pues, papá, del eje cafetero con amor, pa todos los colombianos y el mundo entero.
A: Bueno mi profe Henry, deje ya de auto agrandar ese ego suyo, que donde se descuide lo pierde y se le refunde en las pampas.
H: Pero cual ego Alfredo, yo solo estaba hablando era de la calidad de este delicioso café o es que a vos no te gusta pues?
A: Tiene razón, muy delicioso el café que tomamos todas las mañanas, y este es lo mismo que el que tomamos ayer...lo que pasa es que usted es un romántico, mi estimado compadre.
H: Ah eso si que es cierto, porque lo de romántico lo llevo en la sangre, no que mi papá le escribía poemas a mi viejita, y ella le escribia pensamientos casi que poéticos. Bueno pues, y hablando de escritores y poetas, que bueno que la gobernación va a traer al maestro José Anibal Niño y al maestro Sanchéz Juliao; a brindarnos unos talleres a los docentes, para reforzar el Plan lector de las Instituciones y la producción de texto en la comunidad escolar. Definitivamente con el nuevo secretarío de Educación y Cultura, que si es un profesional de la educación y no un veterinario como el anterior, podemos capacitarnos los educadores, para hacer mejor las cosas, para reforzar nuestro trabajo pedagógico y en si nuestro Que-Hacer docente. ¿No le perece, Alferdito?.
A: Mire Profesor Henry, la verdad es que yo llevo muchos años de experiencia como docente y esos discursos de conferencistas y escritores, ya me los se casi que de memoría; además que en uno de mis posgrados, me tocó leer algo sobre alguno de esos escritores y así como ellos, eso no pasa de ser...lo mismo de antes, la misma carreta con otras palabras y dichas desde bocas diferentes. La verdad es que deberían ahorrarse esa platica; pues eso de nada sirve, los pelaos siguen igual de apáticos a la lectura, el rendimiento académico en mi área sigue siendo malo; y aquí entre nos compadre, a mi todos me ganan es porque yo los paso a todos, para no echarme encima a los padres de familia y no ponerme trabajo extra con las famosas recuperaciones o actividades de nivelación; pero la verdad sea dicha, esas capacitaciones o talleres no pasan de ser LO MISMO DE SIEMPRE. Mire compadre, la verdad es que con tan malos resultados, a mi me da hasta pereza revisar y calificar las evaluaciones; y para ahorrar tiempo a todos los paso...y vea a todos los tengo contentos. Aprenda algo de su compadre, pues yo no le voy a durar toda la vida, para estarlo orientarlo. Pero sabe una cosa mi profe Henry, lo que a ratos me roba algo de mi tiempo libre, es porque esos muchachos con esta calidad de maestro que tienen, porque soy mas preparado que un yogurth; sacan tan malos resultados en las pruebas saber e icfes. No se, pero esto reafirma mi tesis que las pruebas censales no están ajustadas a la realidad educativa del país. ¿No le parece? .
H: Definitivamente compadre Alfredito, son tantas las cosas que quisiera decirle, pero tengo una especie de nudo en la garganta que no me permite hablar, y creo que por nuestra amistad lo dejo para la reflexión... -”Cómo así que lo mismo de siempre”, y “si es verdad que sabe tanto por qué sus estudiantes...”-.


Capitulo 4: "YO YA..."

H: Quihubo pues, compadre Alfredo, en cual mesa de trabajo quedó, para el seguimiento al Plan de Mejoramiento Institucional (PMI), en esta semana de desarrollo Institucional?
A: No jodas hombre, ya vino a dañarme la mañana, que cuento de seguimiento al PMI, esa joda para nada sirve, todos los años se hace uno al fin de año y al año siguiente nada cambia, todo sigue por lo mismo.
H: Vea pues hombre que esto se puede componer, no sea tan pesimista e incrédulo. No le provoca un cafecito y se involucra a la mesa de trabajo donde yo quedé, mirá pues, que quedo con el profe Chepe y ese es bien piloso. Podemos marcar diferencia ante los demás grupos de trabajo.
A: Está bien hombre, haré parte de su grupo y le voy a recibir el cafecito, eso si, bien cargado y con 3 de azúcar; pero me lo voy a tomar allá debajo de la ceiba, claro está que si necesitan que les aclare algo que no entiendan no duden en buscarme que yo les aportaré mis ricos conocimientos. Y si no más tardecito les caigo y les aporto lo que falte.
H: No joda profe Alfredo, pero esa falta de compromiso es lo que nos tiene así de jodidos, y así como usted, existen otros más. Así si es imposible reorientar esta barca.
A: Ya, mi compadre Henry no se desanime, siga trabajando que lo hace bien, comprometase como el profe Chepe...Tal vez puedan hacer algo. Vea la verdad yo entiendo su preocupación, pero usted compadrito Henry, entiendame también a mí, que ya con tantos años en este cuento, estoy aún aquí es de resistencia, en 2 años más completo la edad de retiro forzoso y listo YO YA me voy...Ya trabajé y bien duro...Ahora que trabajen los nuevos.

FIN

Espero que estos 4 capitulos sirvan de reflexión para nuestro que-hacer docente y que entienda mi gremio de docentes, que en ningún momento he querido señalar o estigmatizar algún compañero docente y menos denigrar de alguno de nosotros. Esto es sólo producto de mi imaginación y cualquier relación con la realidad es pura coincidencia.

EL AUTOR

viernes, 28 de agosto de 2009

UNA REFLEXIÓN SOBRE LA RAZÓN DE SER DE LA AUTONOMÍA DEL DERECHO COOPERATIVO

Hace unos tres (3) años tuve la fortuna de escuchar al Doctor Abraham Katime Orcasita en Representación de Dansocial en el Segundo Foro Regional de Derecho Solidario, realizado en la Universidad Cooperativa de Colombia, Seccional Espinal, con su propuesta: "La Construcción de un Derecho Solidario en Colombia. Bases Doctrinales del Derecho Solidario. Actos Jurídicos Solidarios y Juicio Crítico a la autonomía del Derecho Solidario. Aspectos legales del Derecho Solidario.", afirmar finalmente que el Derecho Cooperativo no es autónomo; afirmación producto de una profunda y concienzuda investigación.

Afirmación, que encuentra sólido fundamento al darnos cuenta que el Derecho Cooperativo, carece incluso de respaldo constitucional, pues en ninguno de los 380 artículos se consagra la protección del cooperativismo y por el contrario consagra como Derecho de todos la libre competencia económica y la iniciativa privada (Art. 333 C.N.); madres del lucro personal, del individualismo, del/neoliberalismo económico y su fase superior la globalización.

Es de anotar, además que aunque en nuestro país, se cuenta con una legislación cooperativa, no tenemos un Código de Derecho Cooperativo, que sirva como único instrumento legal, para resolver los posibles conflictos emanados de esta rama substancial del Derecho; y por lo tanto se debe recurrir a otros Códigos para solucionar los conflictos habidos.

Sin embargo ya se han empezado a dar los primeros pasos para construir una legislación propia del Derecho Cooperativo y se ha iniciado por el lado de la Economía Solidaria, aunque no es lo mismo; específicamente con la Ley 454 de 1998 la cual determina el marco conceptual que regula la Economía Solidaria, su Superintendencia, el Fondo de Garantías para las Cooperativas y algunas normas sobre la actividad financiera de la Economía Solidaria; igualmente encontramos la Ley 79 de 1988 por medio de la cual se actualiza en nuestro país la Legislación Cooperativa; finalmente cabe anotar que el Estado Colombiano también ha dictado decretos que reglamentan las anteriores leyes, tales como el Decreto 1111/89 que reglamenta la actividad financiera por parte de las entidades cooperativas; el Decreto 1134/89 que reglamenta la actividad de ahorro y crédito desarrollada por las Cooperativas; el Decreto 0468/90 por el cual se reglamentan las normas correspondientes a las Cooperativas de Trabajo Asociado, contenidas en la Ley 79/88; el Decreto 3081/90 por el cual se establece el límite en que pueden reajustarse los aportes sociales que efectúan los asociados en las Cooperativas y Precooperativas; el Decreto 1688/97 por el cual se suprimen y fusionan unas dependencias del Departamento Administrativo Nacional de Cooperativas; el Decreto 1798/98 sobre el registro y certificación de las entidades de la Economía Solidaria; el Decreto 2206/98 por el cual se crea el Fondo de Garantías de entidades territoriales FOGACOOP; el Decreto 1401/99 por el cual se desarrolla la estructura y funciones de la Superintendencia de la Economía Solidaria, el Decreto 2159/99 por el cual se reglamenta el Artículo 36 de la ley 454/98 sobre niveles de supervisión a que están sometidas las entidades bajo la inspección, control y vigilancia de la Superintendencia de Economía Solidaria, el Decreto 1153/0 1 por medio del cual se reglamenta la Ley 454/98 en lo relativo a la integración y funcionamiento del Consejo Nacional de la Economía Solidaria, CONES; el Decreto 817/02 sobre planes de ajuste para cooperativas bajo vigilancia; el Decreto 1934/02 sobre disolución de Cooperativas; el Decreto 790/03 por medio del cual se dictan normas sobre la gestión y administración de riesgo de liquidez de las Cooperativas de Ahorro y Crédito, de las Cooperativas Multiactivas e Integrales e igualmente sobre los Fondos de Empleados y las Asociaciones Mutualistas; el Decreto 807/03 por el cual se crea la Cooperativa de Ahorro y Crédito o Cooperativas Financieras; el Decreto 994/03 por el cual se modifica el monto del descuento; el Decreto 2280/03 sobre establecimientos de crédito y organismos cooperativos de grado superior de carácter financiero; y finalmente la Ley 10/91 por el cual se regulan las Empresas Asociativas de Trabajo y el Decreto 1100/92 que reglamenta la Ley 10 / 91.

Por otro lado se fortalece la afirmación del carecimiento de Autonomía del Derecho Cooperativo, cuando observamos en un texto de Introducción al Derecho la clasificación de las normas jurídicas desde el punto de vista de su ámbito material de validez y detallamos las constitucionales administrativas, penales, procesales, internacionales, industriales, agrarias, civiles, mercantiles; y brilla por su ausencia el Derecho Cooperativo.

Caso similar ocurre cuando consultamos en un diccionario jurídico y encontramos definiciones del Derecho como adjetivo, como adverbio, como substantivo sea Derecho Subjetivo o Derecho Objetivo; Derecho Absoluto, Derecho Accesorio, Derecho Adjetivo, Derecho Administrativo, Derecho Comercial, Derecho Constitucional, Derecho Consuetudinario, Derecho Penal, Derecho Canónico, Derecho Financiero, Derecho Internacional, Derecho Laboral, Derecho Mercantil, Derecho Procesal, y muchas más definiciones, pero no encontramos la de Derecho Cooperativo. Pero así, como hasta hace poco se polemizaba bastante sobre la autonomía del Derecho Procesal, hoy se ha ganado un puesto dentro de esa autonomía, cuestión no producto del azar, sino fruto del trabajo de unos Abogados interesados por el Derecho Procesal, quienes fueron gradualmente constituyendo y contribuyendo con su reconocimiento, como una rama más del Derecho. Igualmente la autonomía del Derecho Cooperativo, hay que construirla con base en los aportes de doctrinantes y de amantes del Derecho Cooperativo; y la única manera de lograrlo es respetando el interés de las nuevas generaciones de profesionales del Derecho, para que sean ellos los que construyan su autonomía, su propio Código, sea para los litigios propios de esta rama, como lo es el Código Civil para los litigios surgidos al interior de los Derechos Civiles, como una especie de "piedra angular de la Filosofía" pero para el Derecho Cooperativo.

Consideramos que la Universidad Cooperativa de Colombia, es la Institución de Educación Superior en el país llamada a hacer historia, puesto que como única Institución de Educación superior Cooperativa tiene que liderar este proyecto, porque tal vez si no lo hace, a las demás instituciones de educación superior y facultades de Derecho, menos les intereserá; y por tal .. no pasará de ser mas que una utopía, para estudiosos del tema, como el Doctor Abraham Katime Orcasita a nivel nacional , o los Drs. César Cruz y Jairo Hernández, en el ámbito local.

Es la U.C.C o tal vez no lo hará nadie; por ello consideramos que se debe iniciar, revisando el pensum académico de Derecho y reestructurando de tal manera que en los primeros semestres se establezcan los lineamientos teóricos, filosóficos y doctrinales del derecho cooperativo, en los semestres intermedios se fortalezca el Consultorio Jurídico prestando asesoría no sólo a litigios consultados, sino que se haga un verdadero acompañamiento jurídico a Precooperativas ~ Cooperativas de la región y en la recta final de la carrera, lo: estudiantes de último año, sean los llamados a propone doctrina y codificación a normatividad propia de esta "Rama de Derecho" o talvez así, a mediano o largo plazo (10 ó 20 años) exista un significativo número de Abogados interesados y lo suficientemente fundamentados para hacer del Derecho Cooperativo una disciplina autónoma, es decir con principio: rectores exclusivos, finalidades específicas, un objeto de conocimiento y un método de estudios propios para darle e status e importancia que reclama, se merece y se necesita, porque la Economía Solidaria es tal vez, la única salida posible a esta crisis económica mundial, producto de los intereses mesquinos e individualistas del capital financiero.